La Lengua de Señas Colombiana (LSC): Consideraciones sobre su Estatus y Reconocimiento.
Autor: | Saavedra Beltrán, David Ricardo |
Colaboradores: | Monroy Sandoval, Jesús Antonio (Traductor) Meléndres Guerrero, Geovani Andrés (Prologuista) |
Las lenguas de señas utilizadas por las comunidades sordas son lenguas naturales, plenas y diversas, equivalentes en complejidad y riqueza a cualquier lengua oral. Esta apreciación es, afortunadamente, cada vez más acertada en los discursos académicos; sin embargo, en los discursos cotidianos aún requiere de algunas precisiones ya que son usuales los equívocos en ciertos manejos terminológicos al momento de referirse a las lenguas de señas en general, y a la Lengua de Señas Colombiana (LSC) en particular.
En parte, estas precisiones son requeridas debido a la complejidad misma del concepto lengua, así como a los múltiples propósitos a los que una lengua sirve. Aproximarse al concepto lengua; y, en particular, al de Lengua de Señas (Colombiana); es el objetivo principal de este documento. Esto se hace con la intención de aportar una mirada sistemática al paisaje terminológico en torno a estos dos conceptos. En las siguientes páginas, se explorará la cuestión mencionada, retomando e integrando aspectos propios de la disciplina lingüística, en particular desde la sociolingüística, para luego ofrecer, a partir de esto, algunas precisiones relativas a aspectos de la política lingüística colombiana y ofrecer un posicionamiento respecto al uso terminológico adecuado para referirse a la LSC.
El presente documento se estructura en tres secciones: una conceptual, una normativa y una última de posicionamiento institucional desde lo conceptual.
En primer lugar, son presentados los principales términos asociados al concepto de lengua desde una mirada exclusivamente (socio)lingüística. Esta primera sección está conformada por siete subapartados en los que se ha procurado mantener una misma estructura para cada uno de estos: primero se introduce el término, luego se desarrolla de manera breve y, posteriormente, se pone el concepto en relación con la LSC. En un segundo lugar, a partir de lo presentado desde lo conceptual, se hace un brevísimo comentario a las principales políticas públicas que mencionan la LSC, así como un breve comentario a la Ley 1381 de
2010 conocida como Ley de Lenguas Nativas. Por último, se termina el presente documento con un pronunciamiento en torno a la LSC, su estatus y su reconocimiento a nivel conceptual.
Es importante señalar que, si bien este documento aborda temas tanto técnicos como normativos, su estructura no responde a un producto de investigación académica ni pretende establecerse como un comunicado oficial de tipo político o normativo, dado que su naturaleza tiene el fin de informar y llegar a cualquier tipo de público que tenga interés o vínculo con las lenguas de señas; la LSC en particular, las maneras más apropiadas de referirse a la lengua desde una perspectiva técnica y científica. Para los interesados en este detalle de la discusión técnica-científica, se deja un índice bibliográfico con las principales
fuentes consultadas para la elaboración de este texto al final del documento.