La implementación del Acuerdo de Escazú
Una prioridad para la democracia ambiental
Autor: | Flórez, Margarita |
El derecho a la información y participación ciudadana en materia ambiental se estableció en el Principio 10 de la Agenda
21, adoptada en Río 92. Básicamente se reconoció que, para discutir, tratar y decidir sobre asuntos que tuvieran implicaciones sobre el medio ambiente, se necesitaba la participación de los ciudadanos interesados en la adopción de decisiones,
así como en los procesos judiciales y administrativos.