El concepto de “hechos jurídicamente relevantes” sus implicaciones prácticas y procesales, de cara a la jurisprudencia de la corte suprema de justicia
Autor: | Silva Henao, Juan Fernando |
A partir del acto legislativo 03 de 2002, que reformó la Constitución, se empezó a gestar en el ordenamiento jurídico colombiano un cambio trascendental en el sistema de enjuiciamiento penal, con miras a la adopción de un sistema procesal de tendencia acusatoria, como reemplazo del mixto inquisitivo que había regido hasta entonces, siendo la última codificación de tal tendencia procesal la ley 600 de 2000.
Este cambio de sistemática se concretó en la ley 906 de 2004, la cual trajo al procedimiento penal colombiano, entre muchos otros conceptos novedosos, el término de “hechos jurídicamente relevantes” (artículos 288 numeral 2 y 337 numeral 2 de la nueva codificación procesal penal), cuya relación clara y sucinta está prevista como una de las obligaciones a cargo de la fiscalía en el sistema de rasgos acusatorios en el que se enfrentan dos partes iguales ante un juez impartial.
Tal concepto es innovador para el proceso penal colombiano, en tanto en la sistemática anterior solo se hablaba de hechos o de conducta investigada. La relevancia del hecho jurídico ha sido objeto de desarrollo en forma constante por el Tribunal de cierre de la jurisdicción ordinaria, el concepto solo se ha ido concretando a partir de 2017, aún se encuentra en desarrollo y es un tema de notoria importancia y actualidad para el derecho penal.