La posición de incumbencia especial
Formulación de un concepto
Autores: | Victoria Ochoa, Diego Fernando Aponte García, Carlos Alberto García Valdés, María del Pilar Aponte García, María Stephania Romero Sanchez, Alexander |
Se parte, en esta investigación, del reconocimiento de una categoría ya existente en la dog-mática jurídico-penal contemporánea, la de los delitos de Infracción de Deber formulada por Roxin varias décadas atrás, conllevando el intento, por parte de los autores, de lograr una conceptualización de la figura del autor en aquellos comportamientos delictivos, en los que por su singular naturaleza, se excluye, al momento de la justipreciación de la interven-ción, la aplicación del ya tradicional modelo del señor del hecho con el que se aborda el ámbito de los tipo de dominio, sustituyéndosele por el del señor del deber, estructurado a partir de la identificación de una posición especial de incumbencia referible únicamente a la figura del obligado quién se erige en autor del hecho a partir de su quebrantamiento. Es en este preciso punto de la cuestión, en el que se percibe la adjudicación del título de impu-tación de estos eventos; ya no en el dominio de la acción, sino en la infracción de un deber de carácter especial. Se trata entonces, primero, de reconocer una categoría y, segundo, de formular como elemento integrador de la figura del autor, la existencia de Posiciones Espe-ciales de Incumbencia que excluyen del potencial círculo de los agentes principales a los no obligados por el deber que, además, no obren en condiciones de actuación competencial. Posiciones de Incumbencia especial que se derivan de la comprensión axiológica del tipo.