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ISBN 978-958-5147-95-9

Derechos fundamentales y sociedad

Autores:Silgado, Hernán
Correa Zuluaga, Santiago
Restrepo Ruiz, Alfredo
Pabon Giraldo, Liliana Damaris
Restrepo Yepes, Olga Cecilia
Bujosa Vadell, Lorenzo
Bedoya Taborda, Luisa Fernanda
Molina Paniagua, Mariana
Moreno Tamayo, Juliana
Jimenez Henao, Daniela
Mazo González, Wayra
Piedrahíta Bustamante, Pedro
Castaño Zapata, Daniel
Restrepo Tamayo, John Fernando
Escarria Parra, Daniela Melissa
Terreros Calle, Fernando Carlos
Devia Pernía, Henry José
Hurtado Quintero, Pablo Daniel
Restrepo Yepes, Juan Diego
Arenas Gómez, Natalia
Cardona Luján, Mónica Milena
Costa Xavier, Fernando César
Tobón Tobón, Mary Luz
Roncancio Bedoya, Andrés Felipe
Restrepo, Mariana
Moreno Mosquera, Víctor Julián
Volcy Gómez, Catherine
Guevara Flórez, Lady Juliana
Restrepo Escobar, María Alejandra
Stefanes Pacheco, Rosely Aparecida
dos Santos Pereira, André Paulo
Colaboradores:Restrepo Tamayo, John Fernando (Coordinador Editorial)
Roncancio Bedoya, Andrés Felipe (Coordinador Editorial)
Díez Castaño, Juan Felipe (Coordinador Editorial)
Terreros Calle, Fernando Carlos (Coordinador Editorial)
Editorial:Universidad Santiago de Cali
Materia:323 - Derechos civiles y políticos
Clasificación Thema::LX - Derecho: guías de estudio y revisión
Público objetivo:Enseñanza universitaria o superior
Disponibilidad:Disponible
Estatus en catálogo:Próxima aparición
Publicado:2021-05-12
Número de edición:1
Número de páginas:0
Tamaño:1,7Mb
Precio:$150.000
Soporte:Digital
Formato:Pdf (.pdf)
Idioma:Español / Castellano

Reseña

El lenguaje de los derechos fundamentales da cuenta de un cierto de tipo de sociedad. La que se tiene y la que se anhela. De otro lado, también es correcto afirmar que la sociedad traza los límites fácticos y jurídicos de la suerte que corren los derechos fundamentales. Hemos llegado a la conclusión que cada sociedad teje los derechos fundamentales que necesita, y a su vez, los derechos fundamentales dibujan un modelo especial de sociedad. Una tarea imperiosa para la academia es identificar de qué manera esa relación es posible. Es por ello que la reflexión sobre los derechos fundamentales solo tiene sentido en tanto se piense a luz de las demandas ciudadanas y ayude a corregir el uso disfuncional del poder en sus múltiples manifestaciones. Dicha vocación de corrección significa tener presente el origen del constitucionalismo como ideología política y como modelo jurídico. Erigido siempre sobre los principios de organización tripartita del poder público; supremacía jurídica de la Constitución sobre las demás normas; instalación del poder judicial concebido como garante e intérprete primero de los enunciados constitucionales; respeto irrestricto por las libertades individuales e intervención estatal en favor de los menos aventajados.

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