Derecho de policía para todos
Código nacional de policía y convivencia Ley 1801 de 2016 – DN 555 de 2017
Autor: | Caballero Montejo, Gustavo Adolfo |
Desde su título, la ley 1801 de 2016, que remplaza el DL 1355
de 1970, ofrece un cambio, no sólo semántico, sino sustantivo
y procedimental.
Del reglamento de contravenciones y la policía uniformada
como medios para precaver la infracción penal y proteger a
través de la prevención y eliminación de las perturbaciones
del orden público interno, se llega a establecer las condiciones
necesarias para posibilitar la convivencia en el territorio nacional,
propiciando el cumplimiento de los deberes y obligaciones
de las personas, con el correlativo derecho en el ejercicio
de las libertades.
El Código Nacional de Policía y Convivencia procura superar
las limitaciones normativas y correctivas que hicieron
obsoleto el anterior, y apareja una carga de mayor responsabilidad
derivada de la cualificación conductual, la exigencia
hermenéutica en un exponencial crecimiento de la anomia y
degradación social.
Las condiciones previas al nacimiento del Código de 1970
son diferentes a los antecedentes del actual régimen policivo.
Ayer había una población equilibrada entre lo rural y lo urbano,
una comunidad respetuosa de los valores éticos, morales y jurídicos –donde todavía la palabra era sagrada–, y un
aparato de justicia relativamente operable, contrastan con un
presente que concentra en ciudades el 80% de su población,
una sociedad individualista, lacerada por las desigualdades y
la ambición de riqueza que genera antivalores (narcotráfico,
corrupción y criminalidad), y un sistema judicial y policivo con
una impunidad constante del 99%.