El poder presidencial en América Latina: un poder (i)limitado
| Colaboradores: | Padrón Pardo, Floralba (Editor Literario) Sierra Porto, Humberto (Editor Literario) |
Este libro que recoge sesudos trabajos de profesores de Iberoamérica
constituye, sin duda, un gran aporte no solo para comprender los ejes
centrales del constitucionalismo sino también los del sistema político de
nuestra región.
El nexo que une esta manera de entender el sistema político en América
Latina es el excesivo papel del ejecutivo que de alguna manera afecta la
separación real de Poderes como fundamento insustituible de un sistema
democrático desde la clásica declaración del artículo 16 de los Derechos
del Hombre y del Ciudadano de la Revolución francesa de 1789, conforme
con el cual, “Una Sociedad en la que no esté establecida la garantía de los
Derechos, ni determinada la separación de los Poderes, carece de Constitución”.
Con distintos matices que quedan muy claros en los diferentes trabajos,
todos escritos por calificados académicos y profesores de derecho constitucional,
el presidencialismo –o su abuso–, como dice el título, es rasgo
esencial del sistema político en América Latina.
Por lo demás, resulta bastante paradójico que, en general, las independencias
que en buena parte forjaron nuestras naciones –la mayoría de ellas
antiguas colonias españolas– se inspiraron en los pensadores y los ideales
de la Revolución francesa que, al constituirse como repúblicas independientes,
acogieron –casi todas– el presidencialismo de los Estados Unidos
de América, antigua colonia inglesa.
Bien da cuenta Jorge Carpizo de que las características de este sistema,
establecidas en las democracias modernas, son principalmente las siguientes:
el Poder Ejecutivo es unitario. Está depositado en un presidente que es,
al mismo tiempo, jefe de Estado y jefe de gobierno; el presidente es elegido
por el pueblo y no por el Poder Legislativo, lo cual le da independencia
frente a este; el presidente generalmente nombra y remueve libremente a los secretarios de Estado; ni el presidente ni los secretarios de Estado son
políticamente responsables ante el Congreso; ni el presidente ni los secretarios
de Estado, como regla general, pueden ser miembros del Congreso;
el presidente puede estar afiliado a un partido político diferente al de la
mayoría del Congreso; y el presidente no puede disolver el Congreso, pero
este no puede darle un voto de censura