Cláusula General de Responsabilidad Patrimonial del Estado colombiano a la luz de la justicia transicional en el marco de las zonas veredales de transición y normalización
Autor: | Castillo Suz, Ricardo José |
En un primer momento, la constitución política de 1886 no contempló una regulación expresa acerca de la responsabilidad patrimonial estatal, por lo que la constitución de 1991 fue la que introdujo de manera expresa una obligación de indemnizar los daños por parte del Estado. No obstante, los primeros desarrollos de la figura de la responsabilidad estatal, surgieron a partir del desarrollo jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia y posteriormente del Consejo de Estado, debido a la similitud con la institución de la responsabilidad por los daños causados entre particulares en el derecho privado. (Figueroa, 2016)