Medidas Cautelares Innominadas o de la Potestad Discrecional del Juez. El Nuevo Rol de la Justicia
Autor: | Rujana Quintero, Miguel |
Esta reflexión presenta una investigación sobre el cambio
de paradigma que se generó con la promulgación del Código
General del Proceso Colombiano, (Ley 1564, 2012), con el
artículo 590 que establece las nuevas medidas cautelares que
pasaron de ser taxativas o nominadas a innominadas. De
manera específica, se hace un análisis acerca de las condiciones
que limitan y otorgan libertad al juez, para que de manera
discrecional decrete las medidas cautelares que considere pertinentes, denominadas innominadas en procesos declarativos
y que así lo amerite para salvaguardar el resultado del proceso.
Para el efecto, se ha considerado el contenido y alcance jurídico
de la norma, los requisitos que se deben tener en cuenta para
decretar las medidas cautelares innominadas especialmente las
condiciones expresadas en el numeral 1, literal C, del artículo
590, del Código General del Proceso (2012) en el marco de los
eventuales abusos en los que podrían incurrir los operadores
judiciales en virtud del principio de la discrecionalidad.